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La Secretaría Xeral da Emigración abre el plazo de solicitudes de las Ayudas al Retornado Emprendedor, dotadas con 400.000 euros

(06/06/2020)

La Secretaría Xeral da Emigración abre el plazo de solicitudes de las Ayudas al Retornado Emprendedor, dotadas con 400.000 euros

El DOG publicó ayer la octava convocatoria de este programa, que se puede pedir desde hoy hasta el 30 de septiembre.

 

La medida del Gobierno gallego está dirigida a emprendedoras y emprendedores registrados cómo autónomos, sociedades mercantiles y laborales, y cooperativas de trabajo.

 

Cada beneficiaria o beneficiario puede recibir hasta 8.000 euros para cubrir los gastos de establecimiento del negocio.

 

Imagen de archivo de uno de los proyectos empresariales puestos en marcha gracias a las Ayudas al Retorno Emprendedor

Imagen de archivo de uno de los proyectos empresariales puestos en marcha gracias a las Ayudas al Retorno Emprendedor

 

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Santiago de Compostela, 5 de junio de 2020.

 

La Secretaría Xeral da Emigración abre hoy el plazo de solicitudes para las Ayudas al Retornado Emprendedor, el programa diseñado por este departamento dirigido a los gallegos y gallegas del exterior que regresan a la comunidad para poner en marcha un negocio propio. Las y los beneficiarios, gallegos que retornaran a Galicia en los últimos dos años y hayan emprendido durante ese plazo de tiempo, podrán tener forma jurídica de autónomos, sociedades mercantiles (para socias o socios trabajadores) o laborales, o cooperativas de trabajo. Así figura en la convocatoria de la orden, publicada ayer en el Diario Oficial de Galicia (DOG), que establece que el plazo de presentación de solicitudes finalizará el próximo 30 de septiembre. La comunicación institucional fija también la dotación económica de este programa para este año en 400.000 euros.

 

Las ayudas estarán dotadas de una cuantía fija de 5.000 euros para cada persona retornada emprendedora, que podrá incrementarse en 1.000 euros más si se trata de una mujer, y en otros 2.000 si, además, el negocio está establecido en un ayuntamiento rural. El máximo que podrá obtener cada uno de los beneficiarios o beneficiarias para cubrir los gastos de establecimiento de la empresa será, así, de 8.000 euros. Para conseguir una de estas ayudas, las y los solicitantes deberán aportar un plan de negocio empresarial que deberá contar con informe de viabilidad económica y financiera de entidad independiente, entre los cuales figuran la unidad de Galicia Emprende y las y los agentes de empleo y desarrollo local, según figura en las bases de la convocatoria.

 

Regreso en los dos años anteriores

 

A este programa de la Xunta de Galicia podrán acogerse las gallegas y gallegos de nacimiento, sus cónyuges o personas con una unión análoga a la conyugal y las y los descendientes de las personas gallegas y nacidas en Galicia que, residiendo fuera de España, se establezcan en la Comunidad Autónoma gallega. Las personas solicitantes deberán, además, estar en posesión de la nacionalidad española antes de su retorno a España, que debió producirse desde el 1 de enero de 2018. Deberán residir y ejercer su actividad laboral o profesional en Galicia y no haber sido beneficiarias o beneficiarios de esta ayuda para la misma actividad en anteriores convocatorias. En caso de tratarse de personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia o socias trabajadoras de sociedades laborales, mercantiles o de cooperativas de trabajo asociado, deberán ser titulares de un negocio o explotación o formar parte de una sociedad civil o comunidad de bienes constituida previamente a la presentación de la solicitud de subvención y estar dada o dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad del colegio profesional que corresponda con anterioridad a la presentación de la solicitud.

 

Las personas socias trabajadoras de sociedades mercantiles, laborales o cooperativas de trabajo asociado, por su parte, tendrán que tener entidades legalmente constituidas e inscritas en el Registro Mercantil, el Registro Administrativo de Sociedades Laborales de Galicia o en el Registro de Cooperativas de Galicia. 

 

 

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