(22/06/2021)
Normalmente este plazo finalizaba el 31 de marzo, pero este año, a causa de la pandemia, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) decidió ampliarlo hasta el 30 de junio de 2021.
Las certificaciones de fe de vida y estado las expiden los consulados generales de España, mediante comparecencia del interesado. Además, existen otros documentos válidos para acreditar la vivencia que varían en función del país de residencia por lo que es recomendable informarse en las páginas web de los consulados correspondientes o en las de las consejerías de Trabajo.
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